Adecuación al RGPD para empresas
Incumplir la normativa puede costar hasta 20 M€ o el 4% del volumen de ingreso anual de la empresa, optándose por la sanción de mayor cuantía.
El proceso de adaptación al RGPD es complejo. Por eso, en i-Legal realizamos los procesos necesarios para la adecuación de las empresas conforme a la nueva normativa en Protección de Datos.
Algunas empresas y organizaciones necesitan un DPD (Delegado de Protección de Datos) para el cumplimiento del reglamento. En i-Legal nos encargamos de representar esta nueva figura que introduce el RGPD.
¿Qué es el RGPD?
El Reglamento Europeo en Protección de Datos (RGPD o también conocido por sus siglas en inglés GDPR) será de aplicación directa y de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo de 2018.
A partir de ese día, las empresas que operan en la Unión Europea y recogen datos personales deben estar adaptadas a la normativa para evitar cuantiosas multas.
El reglamento implica la adopción de las medidas necesarias para garantizar la protección de datos personales y que la empresa sea capaz de acreditar su cumplimiento con el fin de evitar las importantes multas económicas que pueden poner en riesgo la supervivencia a la empresa.
¿Qué consigue adaptando su empresa al RGPD?
Así llevamos a cabo la adecuación al RGPD
Nos encargamos de ser el DPD de su empresa
El RGPD introduce una nueva figura en el organigrama de algunas empresas y organizaciones: el Delegado de Protección de Datos.
Entre sus funciones, el DPD garantiza el cumplimiento de la normativa dentro de la empresa; presta asesoramiento en el tratamiento de datos, y media entre la empresa y la Agencia de Protección de Datos cuando sea necesario.
Durante la adecuación, valoraremos si su empresa u organización requiere de un DPD según el RGPD, y nos encargaremos de representar esta figura para garantizar la protección de datos.
Preguntas frecuentes
Toda persona física o jurídica, autoridades públicas u organismos que traten datos personales de ciudadanos de la Unión Europea, tenga su establecimiento dentro o fuera de ella.
Eso dependerá de la estructura de la organización, ya que lo que se exige en el RGPD es el principio de proactividad sistemática.
Depende de la estructura de la organización ya que habrá que realizar un análisis de las actividades que desempeña entorno al tratamiento de datos personales, categorías y a los riesgos que puedan tener de cara a la infracción de los derechos y libertades en el tratamiento y circulación de los derechos personales de los interesados.
El precio varía en función del tamaño de la empresa y de los procesos, así como de la infraestructura implicada en el tratamiento de datos. No es lo mismo una empresa que recoge datos como el nombre, la dirección y el teléfono, que una empresa que además de esa información, almacena el historial médico de los interesados.
Contacte con nosotros para contarnos su caso, y estaremos encantados de enviarle un presupuesto.
Sí, el RGPD establece una obligación proactiva y sistemática del cumplimiento de la normativa, por tanto, se deben implantar procedimientos periódicos de verificación, así como auditorías que permitan mantener actualizada la organización conforme a la normativa.
El Reglamento de Protección de Datos contempla una serie de supuestos sobre las empresas y organizaciones que deben contar con un DPD, ya sea dentro de su plantilla o de forma externa.
Por ejemplo, si la empresa u organización trata datos personales de naturaleza sensible a gran escala, es necesario que el responsable o encargado del tratamiento de datos cuente con un DPD.
Dentro del proceso de adecuación de su empresa u organización, evaluaremos si precisa o no de un DPD y nos encargaremos de representar esta figura.
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